¡Firma Electrónica Avanzada:
La Solución para tus Documentos!

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  • Firma ilimitada durante el periodo contratado.
  • Instalación remota
  • Compatible Windows / IOS

* No es compatible con “Tu Empresa en un Día”

1 año

$21,990 + IVA

No esperes más, da un paso hacia la digitalización con la Firma Electrónica Avanzada. Simplifica tus procesos y ahorra tiempo y recursos.

Nota: Los precios no incluyen IVA. Legalidad y seguridad al alcance de tu mano.

Atributos Clave de la Firma Electrónica
Avanzada (FEA): 

Integridad:

Garantiza que tus documentos no han sido alterados ni modificados.

Autenticidad:

Autenticidad: Aporta seguridad y confirma la identidad del remitente y el origen del mensaje.

Confidencialidad:

Tu información solo es visible para el remitente y los destinatarios deseados.

No Repudio:

El firmante no puede negar su autoría.

Ventajas de la utilización de la firma electrónica avanzada.

  • VALIDEZ LEGAL: 90% 90%
Plena validez legal de tus documentos firmados.
  • SEGURIDAD: 60% 60%
Tecnología que garantiza la seguridad de tus procesos de firma.
  • AHORRO: 60% 60%
Adiós al papel, ahorra tiempo y espacio.

Firma tus documentos electrónicos con confianza:

La Firma Electrónica Avanzada garantiza la autenticidad del firmante y la integridad de los datos. Además, genera evidencia admisible en juicio.

Documentos que puedes firmar con FEA:

La Firma Electrónica Avanzada garantiza la autenticidad del firmante y la integridad de los datos. Además, genera evidencia admisible en juicio.

  1. Contratos bancarios electrónicos.
  2. Pago Automático de Cuentas (PAC).
  3. Documento electrónico laboral.
  4. Sistema de pensiones.
  5. Contratos de fondos mutuos.
  6. Póliza electrónica de seguros.
  7. Seguro Electrónico Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP).
  8. Contratos de valores de oferta pública.
  9. Contratos y documentos de cajas de compensación de asignación familiar.
  10. Certificados de revisión técnica y verificación.
  11. Recetas médicas.
  12. Convenios electrónicos para autopistas.
  13. Permiso electrónico de circulación.
  14. Certificados de situación al día.
  15. Contrato a honorarios y títulos electrónicos.
  16. Títulos profesionales y estatuto administrativo.

La Ley N°19.799 establece que los documentos electrónicos pueden presentarse en juicio. Asimismo, dicho artículo regula su valor probatorio, dependiendo del hecho que se encuentren o no suscritos mediante firma electrónica avanzada (FEA):

Documentos con firma electrónica avanzada:
Tienen el valor probatorio de instrumento público, y hacen plena prueba de acuerdo con las reglas generales, salvo en cuanto a su fecha, a menos que consideren un fechado electrónico otorgado por un prestador acreditado (sellado de tiempo); y
A partir de la Ley N°20.886 que modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales, los Tribunales de Justicia operan de manera electrónica, y se reemplazaron los expedientes físicos por expedientes electrónicos. Por lo tanto, la presentación de documentos electrónicos en juicio es la regla general, y la excepción es la presentación de documentos físicos.